El Comité de Empresa de Atlantic Copper suspende las negociaciones del convenio colectivo y rechaza las modificaciones del precauerdo exigidos ahora por la empresa

El Pleno del Comité propone encargar la redacción del texto a un equipo externo, ajeno tanto a la dirección de recursos humanos como a los miembros del comité de empresa.

Jueves, 26 de agosto de 2021. El Comité de Empresa de Atlantic Copper S.L.U. ha decidido, «entre otras medidas», suspender las reuniones programadas para la fase final de redacción del VII convenio colectivo debido a las «discrepancias encontradas entre el texto firmado en el preacuerdo y la redacción del articulado que quiere imponer la dirección de RRHH», encargada de la redacción conjuntamente con la parte social, entendiéndose estas discrepancias por parte del Comité de empresa, no como una interpretación del texto ratificado por la plantilla, sino como una modificación sustancial de los acuerdos ya alcanzados.

La negociación del VII Convenio Colectivo, de aplicación para los años 2020 hasta 2022, comenzó en el mes de Enero de 2020, interrumpiéndose en marzo de ese mismo año, debido a la situación de pandemia global provocada por el Covid-19. Tras su reanudación en Septiembre, las partes negociadoras alcanzaron en junio de este año un preacuerdo, ratificado en votación por la plantilla, y dieron comienzo a la fase de redacción.

El preacuerdo tiene un periodo de aplicación de 36 meses, 2020-2022, de los cuales ya han pasado 20 meses, en los cuales «la plantilla de Atlantic Copper S.L.U. no ha podido beneficiarse de las mejoras alcanzadas tanto en materia laboral como familiar», según asevera el Comité de Empresa en un comunicado.

El Pleno del Comité ha acordado una serie de medidas que ya ha comunicado y propuesto a la Dirección de RRHH de la empresa para revertir una «situación que tanto perjudica a la totalidad de la plantilla acogida a convenio colectivo». Entre ellas, encargar la redacción del texto a un equipo externo ajeno tanto a la dirección de recursos humanos como a los miembros del comité de empresa, «ya que en temas tan importantes como son el descanso mínimo entre jornadas, licencias, pluses de turno y desplazamiento, jornada anual, niveles de entrada, clausulas limitativas y horas extraordinarias no se ha conseguido plasmar de forma convincente, sin que se tergiverse, lo acordado en la fase de negociación y recogido en el preacuerdo firmado y ratificado».

También se ha solicitado una reunión con el consejero delegado y el director general del complejo metalúrgico para que conozcan de primera mano la posición del comité de empresa respecto a lo que está ocurriendo en esta fase de redacción y que ha ocasionado que en virtud de la responsabilidad del Comité de Empresa sean necesarias todas las medidas propuestas.

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