Ley de la Segunda Oportunidad: una profesora de Huelva exonerada de una deuda de 60.000 euros

El juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Huelva ha exonerado definitivamente todos los créditos pendientes de esta vecina aplicando la cada vez más conocida Ley de la Segunda Oportunidad.

Tras divorciarse de su pareja, no pudo asumir el pago del 50% de las deudas contraídas en el matrimonio que debía pagar con lo que facturaba con sus clases.

Viernes, 7 de julio de 2023. Cada vez son más las personas afectadas económicamente por un divorcio. No solo por las costas que esto puede llevar, también por el aumento de los gastos a asumir y de la responsabilidad de pagar la mitad de los préstamos que se haya pedido en el matrimonio,

Así nos encontramos a esta mujer de Huelva. Trabajando como profesora tenía unos ingresos mínimos que, junto a la ayuda de su marido. podía tirar hacia delante. La ruptura fue punto de inflexión para que su vida cambiará.

Tras un tiempo, dejó de pagar la cuota de autónoma debido a que no podía y no conseguía una estabilidad laboral que le permitiera salir a flote. Los impagos fueron creciendo, el acoso era mayor y la situación llegaba al límite moral que tiene una persona.

Fue entonces cuando, en 2019, decidió buscar ayuda y encontró en los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento una luz. Revisando su caso, le confirmaron que era viable para tramitar el proceso denominado “Ley de la Segunda Oportunidad”.

Pepe Domínguez, abogado responsable del caso, así explica cómo fue el estudio: “Acreditando que no puedes pagar tus deudas con los ingresos o bienes que tengan, nunca te han condenado por delitos socioeconómicos y no te has acogido un concurso de acreedores en los 5 últimos años, puedes conseguir el perdón de todas tus deudas”

Paso a paso cómo se consigue empezar de cero financieramente

Con el inicio de la Ley de la Segunda Oportunidad iba obtener un beneficio inmediato: un respiro económico, ya que cualquier pago o proceso de embargo quedaba en suspenso hasta que se resolviese el asunto por el juez”, nos explica el letrado. “Con esto: un acuerdo que le rebajara la deuda total hasta una cuantía mensual asumible o la exoneración del 100% de sus créditos”, recalca con seguridad Pepe Domínguez

En el presente caso, a pesar del esfuerzo de la oscense, la propuesta de acuerdo fue rechazada por la mayoría de acreedores por encontrarla insuficiente. Este trámite, como bien explica el despacho, ha sido derogado con la nueva Ley Concursal: “Debido al constante rechazo de los acreedores, este intento obstaculiza más de lo que ayuda al proceso

Presentada ante notario y quedando en documento público, la deudora obtenía la distinción “de deudor de buena fe”, lo que le permitía solicitar el perdón del 100% de las deudas. El Juzgado conocedor de este procedimiento comprobó estos requerimientos y el pasado 28 de junio fue dictada la sentencia concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a esta deudora libre de 60.504,52 euros.

Tras ello, esta vecina libera una carga importante que llevaba consigo bastantes años, permitiéndole comenzar una segunda etapa desde cero sin deudas que la lastren y optando por volver a hacer su vida normal, emprendiendo o financiándose si así lo deséa.

Con esta sentencia los acreedores de la concursada han visto cómo sus créditos han sido cancelados. Ya no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en ficheros de morosos a la ya ex-deudora.

FUENTE: Asociación de Ayuda al Endeudamiento

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